Respecto a la
devoción que indebidamente se ha extendido entre numerosos
fieles en torno a las supuestas apariciones de la 'Virgen
del Rosario del Pozo', se envió
una
carta y Decreto con indicaciones acerca de la conducta a
seguir por los Obispos de cada lugar
hacia las personas que se adhieran a dicha devoción.
En el enunciado de Prensa del 14 de noviembre del 2006, la Conferencia Episcopal de Puerto Rico señaló la responsabilidad que
los
pastores de
la Iglesia tienen ante un fenómeno devocional que en algunos aspectos es perjudicial y que por tal razón es responsabilidad de la Iglesia intervenir especialmente en circunstancias graves para corregir y prevenir los abusos en la práctica del culto.
Ante la gravedad del caso y preocupación que la Congregación
de la Doctrina de la Fe (presidida para enero del 2007 por
nuestro Papa Benedicto XVI)
siente hacia el asunto de 'La Misión' de la Virgen del Pozo,
la congregación del Vaticano levantó el siguiente Decreto:
Congregación para la Doctrina de la Fe
Cd. Del Vaticano, 19 de enero de 2007
Prot. N. 73/89-23237
Excelencia:
La Congregación
para la Doctrina de la Fe emanó, el 19 de septiembre de
2002, un decreto disciplinar en relación al asunto de las
supuestas apariciones de la Sma. Virgen María en el Pozo de
Sabana Grande (Puerto Rico) y pidió a los promotores de esos
grupos que firmaran una declaración de fe. Últimamente, los
obispos de Puerto Rico publicaron una Carta Pastoral acerca
del mismo tema para evitar que los fieles se adhieran a
tales grupos.
Me permito enviarle los mencionados documentos y solicitarle
que, en su calidad de Presidente de la Conferencia del
Episcopado, comunique las siguientes orientaciones
a los obispos que lo necesiten, para que cada Ordinario del
lugar pueda proceder en relación a las personas físicas que
actúen contra lo establecido por el Decreto de la
Congregación de la Doctrina de la Fe del 19 de septiembre de
2002:
1) Les sea dado
a conocer el Decreto mencionado.
2) Si no lo obedecen, sean bien determinados la persona, los
actos contrarios a lo establecido por el mencionado decreto
y las circunstancias de tiempo y lugar.
3) La persona responsable de dichos actos sea formalmente
amonestada (cfr. can. 1347).
4) Si la persona permanece contumaz, se proceda a imponer la
pena de entredicho por medio de un decreto extra-judicial
(cfr. cann. 1332, 1729).
5) Contra un decreto del Ordinario emitido en este sentido,
será posible presentar recurso a la Congregación para la
Doctrina de la Fe.
Aprovecho la circunstancia para manifestarle mis mejores
sentimientos y confirmarme suyo devotísimo en Cristo:
+Angelo Amato, SDB
Arzobispo Titular de Sila
Secretario
Congregación para la Doctrina de la Fe
Prot. N. 73/89
DECRETO
La Congregación
para la Doctrina de la Fe, después de haber sometido a un
atento examen la documentación relativa al caso del grupo de
devotos de la llamada 'Virgen del Rosario del Pozo',
atendiendo el bien espiritual de los fieles y con el
propósito de evitar prácticas que puedan desorientar la
conciencia de los mismos DISPONE que los promotores de los
mencionados grupos se abstengan:
1) de inducir a
los fieles a llevar a cabo prácticas ascéticas particulares
o a emitir promesas que comporten compromisos notables en el
ámbito espiritual o moral sin la expresa autorización de la
autoridad eclesiástica,
2) de proponer doctrinas que puedan ser consideradas
ocultas, reservadas o confidenciales; y
DECLARA que todas las personas que han emitido promesas en
estos grupos pueden considerarse libres de las mismas.
Cd. Del Vaticano a 19 de septiembre de 2002
+Joseph Card. Ratzinger,
Prefecto
+Tarcisio Bertone, SDB,
Secretario
Ver: Carta Pastoral del 27 de noviembre de 2006
Carta Pastoral sobre la llamada
“Misión de la Virgen del Rosario del Pozo” (Esta Carta deberá ser leída en todas las misas dominicales)
PUBLICADO EN EL UNICO PERIODICO DE LA IGLESIA DE PUERTO
RICO:
EL VISITANTE Lunes, 27 de noviembre de 2006
A todos los Sacerdotes, Diáconos, Religiosos, Religiosas y
fieles católicos en Puerto Rico:
Después de varios estudios amplios y profundos de toda la
problemática en torno a la llamada devoción de la Virgen del
Rosario del Pozo, la cual se ha extendido por los últimos
veinticinco años; y habiendo el Arzobispo de San Juan de
Puerto Rico entablado un diálogo con el Cuerpo Rector de la
llamada “Misión de la Virgen del Rosario del Pozo” por los
últimos cuatro años, y movidos por el deseo de que las
indicaciones de la Congregación para la Doctrina de la Fe
fueran acogidas en su letra y su espíritu por este grupo que
ha operado sin reconocimiento eclesial local, y habiendo
sido interpelados por nuestros sacerdotes y otros fieles
sobre el estatuto eclesial actual de dicho movimiento y
devoción, hemos llegado a las siguientes aclaraciones y
determinaciones:
1. Reiteramos la decisión dada por decreto de 1989 por el
Obispo de Mayagüez, en el cual afirmó que sobre los hechos
ocurridos en 1953 “no consta su carácter sobrenatural,” y
por lo tanto tales hechos no han recibido la aprobación
eclesiástica del Ordinario del lugar exigida para este tipo
de caso.
2. Que para efectos eclesiales la llamada “Misión de la
Virgen del Rosario del Pozo” dejó de existir como asociación
privada sin personalidad jurídica canónica en el año 1987.
3. Por lo tanto se pide a los fieles cristianos no acercarse
o buscar en la llamada “Misión de la Virgen del Rosario del
Pozo” el cultivo de su relación espiritual con la Santísima
Virgen María, ya que como afirmamos en la carta colectiva de
1996: “Que teniendo en cuenta el bien espiritual de los
fieles de la Iglesia, declaramos como inconvenientes y
dañinos, a la larga, para la piedad de los católicos las
consignas y planteamientos doctrinales de la así llamada
«Misión de la Virgen del Pozo» y no aconsejables, para una
buena moral de relaciones, las vinculaciones y dependencias
creadas entre «padre-madres» e «hijos/hijas espirituales» en
las esferas organizativas de los «grupos»”.
4. Recordamos a los fieles devotos de la llamada “Misión de
la Virgen del Rosario del Pozo” que por decreto de la
Congregación de la Doctrina de la Fe de 2002 se determinó:
“Que todas las personas que han emitido promesas (y
juramentos religiosos) en estos grupos pueden considerarse
libres de las mismas”.
5. Recordamos que los sacerdotes llamados “Misioneros de
Cristo Sacerdote”, fruto de dicho movimiento,
no están
autorizados a ejercer el ministerio en Puerto Rico.
Igualmente las religiosas llamadas “Hermanas Misioneras de
la Restitución”, fruto de dicho movimiento, no han sido
aceptadas oficialmente en ninguna diócesis puertorriqueña
para ejercer el apostolado.
6. Reiteramos la prohibición a los llamados líderes de la
“Misión de la Virgen del Rosario del Pozo” de continuar
difundiendo y cultivando una devoción sin reconocimiento
eclesial como fue afirmado por decreto de la Congregación de
la Doctrina de la Fe, donde se había reclamado a los
líderes de este movimiento de abstenerse de prácticas
ascéticas particulares “sin la autorización de la autoridad
eclesial”, además que se les urgía igualmente de no difundir
doctrinas “ocultas, reservadas o confidenciales” que no
tienen el carácter público propio de la fe católica.
7. Para mantener y acrecentar la comunión eclesial en Puerto
Rico el Sr. Arzobispo, presidente de la CEP, a nombre de los
demás obispos que componen la CEP, le ha requerido en
conversación privada y personal al Sr. Juan Collado como a
las llamadas “Columnas” de la “Misión” de cesar y desistir
de continuar promoviendo esta devoción.
8. Pedimos a los sacerdotes pastores en Puerto Rico que
acojan con profundo sentido de caridad pastoral a todos los
llamados devotos a la Virgen del Rosario del Pozo,
ayudándoles a cultivar una sana espiritualidad mariana, tan
fundamental para nuestra identidad en Cristo. A propósito de
lo anterior le recordamos a los sacerdotes el principio
canónico “que la ley suprema de la Iglesia es la salvación
de las almas”.
Esta intervención nuestra procede de la responsabilidad que
como pastores tenemos ante un fenómeno devocional que en
algunos aspectos hemos percibido perjudicial, y como
recuerdan las normas de la Congregación para la Doctrina de
la Fe sobre las apariciones:
“Por razón del deber doctrinal y pastoral, la Autoridad
competente, por su cuenta, puede intervenir, mas aún, debe
hacerlo en circunstancias graves, por ejemplo, para corregir
y prevenir los abusos en la práctica del culto y la
devoción, en la desaprobación de doctrinas erróneas y para
evitar los peligros de un falso e inconveniente misticismo,
etc.”
En vista de lo presentado en este documento, exhortamos a
todos los fieles devotos de la Virgen del Rosario del Pozo a
que acudan a sus propios párrocos en las diversas parroquias
para recibir el apoyo y dirección espiritual que necesiten.
Confiamos que el deseo expresado por parte del liderato de
la “Misión” de ser guiados por la autoridad de los Obispos
en Puerto Rico9 se manifieste en la acogida fiel de estas
aclaraciones y determinaciones nuestras.
Dado en la sede de la Conferencia Episcopal Puertorriqueña
(CEP) en San Juan de Puerto Rico, a 14 de noviembre de 2006.
+Luis Cardenal Aponte Martínez
Arzobispo Emérito de San Juan
+Monseñor Roberto O. González Nieves, O.F.M.
Arzobispo de San Juan
+Monseñor Félix Lázaro, Sh.P.
Obispo de Ponce
+Monseñor Iñaki Mallona, C.P.
Obispo de Arecibo
+Monseñor Rubén González, CMF
Obispo de Caguas
+Monseñor Ulises Casiano Vargas
Obispo de Mayagüez
+Monseñor Héctor Rivera Pérez
Obispo Auxiliar de San Juan
+Monseñor Hermín Negrón Santana
Obispo Auxiliar de San Juan
El mismo Concilio Vaticano II afirma lo siguiente: «Deben,
pues, todos los obispos promover y defender la unidad de la
fe y la disciplina común de toda la Iglesia» (Ibid., n. 23).
Después de un largo proceso, de un estudio profundo de los
hechos y de una madura reflexión, los Obispos de la
Conferencia Episcopal Puertorriqueña, fieles a la misión
recibida del Señor Jesús, de cuidar a la grey confiada, han
hecho la siguiente declaración
1) Reiteramos nuestra negativa a considerar como
manifestación sobrenatural las pretendidas «apariciones y
mensajes de la Virgen del Pozo».
2) Recordamos que la disolución de la «Asociación de la
Virgen del Rosario del Pozo», está en plena vigencia, no
importa los distintos nombres o incorporaciones con que de
hecho se le está dando continuidad. El grupo o conjunto de
personas que se hallan envueltas bajo las diversas
denominaciones de la Virgen del Pozo, no deben esperar
ninguna aprobación eclesial bajo los objetivos, contenidos
doctrinales y medios con que está funcionando y
presentándose actualmente.
3) La así llamada misión y su contenido doctrinal,
particularmente en su referencia a la «Nueva redención del
mundo por medio de María», no corresponde a los parámetros
del Evangelio y carece de fuerza y signo eclesial.
Igualmente el llamarse «Nueva Estirpe elegida, etc.», al
margen de los demás fieles bautizados, es pretensión
condenable («Mensaje a los devotos de la Virgen del Rosario
del Pozo», marzo 17 de 1997).
Dado que la «Asociación de la Virgen del Rosario del Pozo»,
desde hace tiempo ha llegado a la Arquidiócesis de
Guadalajara y se ha querido difundir sin la debida
aprobación, el Emmo. Sr. Cardenal Dr. D. Juan Jesús Posadas
Ocampo envió a todos una Circular con fecha del 15 de enero
de 1992, en la que trataba ampliamente todo lo que se
refiere a la misma Asociación y exhortaba a los fieles a que
dejaran esta organización, ya que no estaba de acuerdo con
las normas de la Iglesia, contenidas en el Derecho Canónico
y con las disposiciones de los Obispos, pidiendo a los
seguidores que encauzaran su piedad hacia una verdadera
devoción mariana, como característica de la fidelidad a la
Iglesia y del compromiso en el apostolado.
Es de lamentar que en la actualidad se siga difundiendo
indebidamente la devoción a las supuestas apariciones de la
Virgen del Rosario del Pozo en varias diócesis de México y
en especial en Guadalajara, por medio del Sr. Lic. D. Luis
Eduardo López Padilla, que es uno de los entusiastas y
propagadores de esta falsa devoción, a través de
conferencias, venta de libros y cassettes. Esta propaganda
la hace a veces de manera explícita y en otras ocasiones
implícita.
Tanto los miembros de esta Asociación como el Lic. Luis
Eduardo López Padilla, afirman que ya han sido aprobadas por
la Iglesia las mencionadas apariciones y su Asociación, lo
cual da la impresión que se trata de una Iglesia paralela
que no toma en cuenta las sabias orientaciones de la
Jerarquía Católica, ya que esto es un signo de comunión en
la unidad y en la caridad como Cristo mismo lo quiso, al
darle a su Iglesia el don del Espíritu Santo.
Las publicaciones de los
miembros de dicha Asociación, interpretan la Sagrada
Escritura según sus propios intereses y no siguen
absolutamente el Magisterio de la Iglesia.«Los
contenidos doctrinales proyectan un trasfondo del New Age y
una devoción mariana, sin proporciones dentro de la
Cristología y la Eclesiología.
Para la propagación de la ‘devoción’ han usado intensa y
efizcamente las pautas del mercadeo, con los medios de
comunicación social hábilmente manejados» (Carta de la
Conferencia Episcopal Puertorriqueña a Mons. Sergio Obeso
Rivera, Presidente de la Conferencia Episcopal Mexicana,
Junio 30 de 1997).
Pido a los Señores Párrocos y Capellanes que velen fielmente
por conservar la pureza de la fe y las buenas costumbres,
sobre todo en lo que respecta a la «Asociación de la Virgen
del Rosario del Pozo», para que no se infiltre en sus
respectivas comunidades, ya que no goza de ninguna
aprobación de la Santa Sede ni de los Obispos, y se ofrezca
a todos los fieles insertarse en la pastoral diocesana, en
íntima unión con el Obispo y con el Pastor de la comunidad,
para que así se exprese la unidad y fidelidad de la Iglesia
de Jesucristo.
Tengan también en cuenta los Rectores de los Templos, que al
acercarse el Tercer Milenio se propicia de muchas formas un
nuevo «Milenarismo» que pone en peligro la fe católica, por
lo que es necesario afianzar los criterios del Evangelio
para afrontar todas estas corrientes de mensajes fatalistas
y destructores, que quieren mover a la conversión a través
del temor y del miedo, en lugar de promover el amor que
Cristo inculcó a sus discípulos.
Espero que todos los miembros de nuestra Iglesia Diocesana
fortalezcan y propaguen la verdadera devoción a la Santísima
Virgen María por la que somos conducidos a Cristo su Hijo, y
por de Él al Padre, en el Espíritu Santo, y así podamos
imitar las virtudes de la «Esclava del Señor», que es el
modelo de vida cristiana para toda la Iglesia.
Guadalajara, Jal., a 20 de mayo de 1998.
Juan Cardenal Sandoval Íñiguez, Arzobispo de Guadalajara.
Juan Pablo Preciado Ramírez, Pbro.| Secretario.
"El que obedece no se equivoca" Daniel Gallegos Mayorga
«Sométanse todos a las
autoridades constituidas, pues no hay autoridad que no
provenga de Dios, y las que existen, por Dios han sido
constituidas. De modo que, quien se opone a la autoridad, se
rebela contra el orden divino...». (Rm 13, 1-2).
¿Amas a la Santísima Virgen María?... ¡Qué bien!... Yo
también.
Mas el amor verdadero a María lleva infaliblemente a amar a
su Hijo. Amar a Cristo es amar su Cuerpo Místico, la
Iglesia.
No puede hablarse de verdadero amor a María, cuando no se
imita de Ella su «obediencia perfecta», aquélla que anuló la
desobediencia de Eva. La dócil «Esclava del Señor» pisa para
siempre con su bendito pie, la yerba mala de la
desobediencia; aquella misma desobediencia que lastimara
tanto el Cuerpo Místico de Cristo a lo largo de los siglos;
desobediencia que ha engendrado infinidad de sectas que no
son sino heridas al tronco de la Catolicidad; divisiones que
han llevado a muchos hijos de la Iglesia a ceder ante la
tentación de erigir ideas humanas, posturas y actitudes al
margen de la Palabra de Dios, el Magisterio de la Iglesia y
la Tradición.
Mas es la Sangre de Cristo, que reescribe con su Amén
divino, la página del Génesis manchada por la desobediencia:
«No se haga mi voluntad sino la tuya». Sin duda que obedecer
es un dolor y al mismo tiempo una victoria. «Obediencia
quiero y no sacrificios» (cfr. 1Sam 15, 22)
El verdadero fiel mariano...
Respecto a la prohibición de la «Asociación de la Virgen
del Rosario del Pozo», no hay utilidad de ahondar en los
puntos críticos que ya han sido cuidadosamente estudiados y
sancionados por la Santa Sede y que en virtud de ello, los
obispos de la Conferencia Episcopal de Puerto Rico –lugar de
origen de las supuestas apariciones– han emitido decretos
que explícitamente la prohiben; medida ahora ratificada
también por nuestro Pastor, Cardenal Juan Sandoval Íñiguez.
Amado devoto mariano: Sin importar cuál advocación de la
Virgen María haya cautivado nuestro corazón por gracia del
Espíritu, obedecer a esta prohibición no debe en nada turbar
nuestro ánimo. Por el contrario, hemos de dar gracias a
Dios, pues Él se vale de los continuadores de su obra para
seguir apacentando a su grey amada por los caminos de la
verdad y de la obediencia que es debida a la Iglesia, fiel
depositaria y custodia de las verdades de la fe.
El encargo que Jesús hace a Pedro no es sino para grabar en
lo profundo del corazón de sus Apóstoles el mismo celo que
tiene el Señor por los suyos: «Pedro, ¿me amas?...
¡Apacienta mis ovejas!».
Vemos, no sin pena, cómo a lo largo de los siglos no han
faltado ovejas que, rebeldes a la voz de su pastor, se
obstinan en apartarse del rebaño y gustan descender a
cañadas oscuras, beber aguas estancadas y alimentarse de
plantas que las enferman, cuando arriba hay frescos pastos y
aguas cristalinas y sobre todo, la cercana presencia del
pastor, que está dispuesto a dar su vida por el rebaño. El
error no está en caer en la tentación –pues todos estamos
inclinados a la debilidad–, sino en obstinarse en permanecer
en el error.
Un verdadero devoto mariano entiende esto y lo acepta con
disposición humilde a imitación de la que honra. Un
verdadero devoto mariano agradece esta orientación pastoral
porque entiende que donde no hay criterios que se ciñan de
manera total al Evangelio, el Magisterio y la Tradición, hay
error y grave peligro de desviaciones, a las que se puede
llegar, aun los que con buena voluntad se acercan a ellas.
Por eso insistimos: «El que obedece no se equivoca». No
cedamos a la tentación de ignorar la voz del que nos ama y
previene. Nuestro amor por la Virgen María ni aumenta ni
disminuye por la diferente advocación que elijamos. Nuestro
amor por María brota sólo de nuestro corazón y es gracia del
Espíritu Santo y don de Cristo que nos la entregó por Madre,
al pie de la Cruz. Si amamos a María no la aflijamos con la
desobediencia. Más bien, pidámosle a la Intercesora por
excelencia que nos ayude a dar a Cristo un fiat valiente
para ser dóciles a la voz de los obispos, signos e
instrumentos de esta comunión entre todos los fieles de la
Iglesia, Sacramento universal de Salvación: «Tú eres Pedro,
y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y las puertas del
Infierno no prevalecerán contra ella. A ti te daré las
llaves del Reino de los Cielos; y lo que ates en la Tierra
quedará atado en los Cielos, y lo que desates en la Tierra
quedará desatado en los Cielos» (Mt 16, 18-19)
La voz de la Madre del Verdadero Dios por quien se vive
«Oye y ten entendido, hijo mío el más pequeño, que es
nada lo que te asusta y aflige, no se turbe tu corazón. ¿No
estoy yo aquí que soy tu Madre? ¿No estás bajo mi sombra?
¿No soy yo tu salud? ¿No estás por ventura en mi regazo?
¿Qué más has menester? No te apene ni te inquiete otra
cosa»...
«Ten por seguro que lo agradeceré bien y lo pagaré, porque
te haré feliz y merecerás mucho que yo recompense el trabajo
y fatiga con que vas a procurar lo que te encomiendo. Mira
que ya has oído mi mandato, hijo mío el más pequeño, anda y
pon todo tu esfuerzo».
Al punto –Juan Diego– se inclinó delante de ella y le dijo:
«Señora mía, ya voy a cumplir tu mandado; por ahora me
despido de ti, yo tu humilde siervo».
1 Cf. EL VISITANTE, 8 de Abril de 1989. El decreto del
Obispo de Mayagüez tiene fecha del 3 de abril de 1989 en él
se afirma: “(1) Que la evidencia suministrada no satisface
los criterios establecidos por la Congregación de la fe en
torno a las apariciones de la Virgen. (2) Que los distintos
puntos de vista expuesto en todo lo relacionado con las
supuestas apariciones tienden a confligir y no arrojan
suficiente luz para establecer el hecho sobrenatural”.
2 Cf. SACRA CONGREGATIO PRO DOCTRINA FIDEI, Normae de modo
procedendi in diudicandis preasuntis apparitionibus ac
revelationibus, III-1: “Officium invigilandi vel
interveniendi praeprimis competit Ordinario loci”
3 En el Decreto de la CEP 65/87 se afirma que “La CEP,
después de un largo y profundo estudio de toda la situación,
en su Asamblea Plenaria Extraordinaria del 28 de mayo del
presente año (1987) decidió dejar sin efecto su decreto del
28 de mayo de 1986 [...] con carácter inmediato”.
4 DOCUMENTOS OFICIALES DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL, Maestros
y Profetas. Vol. II, 247.
5 CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE, Decreto del 19 de
septiembre del 2002, Prot. N. 73/89.
6 CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE, Decreto del 19 de
septiembre del 2002, Prot. N. 73/89.
7 CIC. 1752
8 Cf. SACRA CONGREGATIO PRO DOCTRINA FIDEI, Normae de modo
procedendi in diudicandis preasuntis apparitionibus ac
revelationibus, II-3.
9 Así manifestaron los líderes de la llamada Misión en
declaración jurada al ratificar la fe de la Santa Madre
Iglesia, donde afirmaban “Su pleno reconocimiento de la
autoridad de la jerarquía católica en materia de fe y
costumbres, sometiéndome en ellas al juicio de los órganos
competentes de dicha jerarquía: Los Obispos de Puerto Rico
[...]”
Sacerdotes advirtiendo a feligreses católicos que el grupo no pertenece
a la Iglesia Católica y que es
una secta peligrosa:
Padre Carlos explica la posición de la Iglesia Católica
Padre Carlos Pérez clarifica la opinión y decisión del Papa Benedicto XVI acerca de 'La Misión'.
Padre Jesús Hernán Orjuela explicando la posición de la Iglesia Católica respecto al grupo que promueve la aparición de la Virgen del Pozo de Puerto Rico.
P. Edgar Aristizabal Director de la Doctrina y Ecumenis-mo de la Conferencia Episcopal
Padre Jesús Orjuela entrevista víctimas de grupo de devotos en Colombia, inspirados por la secta de Puerto Rico.
Padre Jesús Hernán Orjuela- 4to. parte
Parte final del programa "Cura Para el Alma" de Padre Jesús Hernán Orjuela