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A TODOS LOS SACERDOTES DE PUERTO RICO
Amados hermanos en el Sacerdocio de Cristo:
Los Obispos de Puerto Rico saludamos con afecto paternal a todos los sacerdotes
de la Iglesia. Compartimos con Ustedes nuestros afanes, luchas, éxitos y
fracasos pastorales.
El tema que nos mueve a escribirles en este día, entra dentro de los deberes y
competencias que nos atañen como guardianes de la fe y la vida espiritual del
Pueblo de Dios. Queremos tratarlo con la caridad de Cristo, Buen Pastor, y con
la claridad que requiere la autentica doctrina de la fe y la sensibilidad de
nuestro pueblo fiel.
La aparición y alegadas revelaciones de La Virgen María en el sector “El Pozo”
de Sabana Grande en el 1953 ha requerido la atención y discernimiento pastoral
de los Obispos de Puerto Rico en distintas formas y ocasiones.
En dos ocasiones distintas se ha averiguado oficialmente con los criterios de la
Iglesia acerca de una intervención sobrenatural de la Virgen María en la fecha y
lugares indicados. Los resultados han sido uniformemente negativos. Sin embargo,
esta conclusión no impide que los fieles católicos puedan cultivar en privado su
devoción personal y los Pastores de la Iglesia proveen, con la prudencia y
discernimiento que les son propias, ocasiones para hacer que esta devoción
personal redunde en aumento de la auténtica fe y crecimiento espiritual de
acuerdo con los principios y la comunión de la Iglesia. En esta actitud los
Obispos de Ponce y Mayagüez autorizaron la celebración de la Eucaristía y su
reserva en el lugar de las pretendidas apariciones. Cuando se dejaron de cumplir
las condiciones exigidas para la comunión eclesial y la autenticidad de la fe,
se suprimió la Celebración de la Eucaristía en el lugar. El Obispo de Mayagüez,
que es el único con jurisdicción episcopal en Sabana Grande, espera el momento
en que se den las condiciones debidas, para considerar una nueva autorización, y
los demás Obispos de Puerto Rico lo apoyaremos con agrado.
En la década de los 80 Se formó a nivel de toda la Isla una Asociación que se
inspiraba en esta devoción. La Conferencia Episcopal Puertorriqueña, después de
haberla aprobado, se vió obligada a disolverla al cabo de un año por encontrar
en su funcionamiento y contenido serios riesgos para la doctrina y la moral de
la Iglesia. Los dirigentes apelaron a diversos Dicasterios de la Santa Sede.
Mientras los Obispos de Puerto Rico observábamos un discreto silencio por
respeto a la Santa Sede, los Dirigentes de la Asociación usaron con intensidad
la publicidad y los medios de comunicación con adelantadas técnicas y
“marketing” para difundir “revelaciones”, consignas y proselitismos de la
Asociación.
Cuando la Santa Sede rechazó el recurso de la Asociación, quedó firme la
disolución decretada por la C.E.P. En el mes de diciembre de 1995 la Comisión
Permanente de la C.E.P. sostuvo un encuentro de afecto y acogida pastoral con
tres dirigentes de la disuelta Asociación, llegando a una Declaración Conjunta
que puso de relieve la función de los Obispos como guardianes y responsables de
la devoción mariana y sus manifestaciones externas.
Al propio tiempo se invitó a todos los “devotos de la Virgen del Rosario del
Pozo” a tomar parte de las actividades del recién proclamado Año de María. Fue,
según testimonio de muchos de Ustedes, muy exigüa en las Parroquias su presencia
tanto en las actividades y manifestaciones marianas organizadas por Ustedes,
como en las sesiones de formación doctrinal que se dieron a varios niveles.
Los Obispos esperábamos que este paso, además de instaurar un diálogo franco,
fuese el puente de acceso de tanta gente, de buena voluntad y sincera devoción a
María, a su normal participación en las comunidades parroquiales. Para ello
encargamos a tres sacerdotes, de honda piedad, sólida doctrina y experiencia
pastoral, la tarea de exponer a los portavoces más destacados de la
ex-Asociación la enseñanza de la Iglesia acerca de los temas eclesiológicos y
mariológicos más necesarios.
Las principales preocupaciones nuestras se han centrado en el contenido y
proporción de las pretendidas “revelaciones” y en una organización interna,
especialmente en las esferas más altas, con “dependencias” personales de alto
riesgo moral. Tampoco está ajena a nuestras preocupaciones la imagen de esa
organización con signos de Iglesia paralela.
La Comisión de los Sacerdotes designados enfatizaron especialmente los
siguientes criterios doctrinales y recomendaron las conclusiones que señalamos a
continuación:
-
Las revelaciones
privadas no pueden situarse en el mismo plano de la revelación divina dada por
Jesucristo, recogida en la Escritura y transmitida por la tradición de la
Iglesia. Por lo tanto, no se puede ni quitar ni añadir a lo revelado por
Jesucristo. Este criterio es el de “Coherencia Evangélica”.
-
La Iglesia es
depositaria y destinataria de la revelación. Animada por el Espíritu Santo,
busca la comunión eclesial. Luego todo objeto en materia de revelación, ya sea
pública o privada, se orienta hacia la comunión eclesial. Por tanto, la Iglesia,
en bien de la unidad y la comunión eclesial, valora las apariciones privadas con
mucha prudencia y cautela. Se pide, al mismo tiempo, a los hombres que los
juzguen con modestia y en verdadero espíritu de obediencia filial al Magisterio,
con verdadera conciencia eclesial. Este es el criterio de “Coherencia Eclesial”.
-
Criterio de
“Coherencia Testimonial”: a la experiencia mística le sigue un estilo de vida
acorde con el Evangelio y el mandato del amor. La vida personal y comunitaria
debe moverse en el marco de la conversión sincera y profunda. Renovación que
exige el amor a la Iglesia y desde la Iglesia.
Conclusiones:
-
Toda aparición
privada es de carácter subjetivo, luego no se puede pretender como enseñanza
para todo el pueblo de Dios.
-
En la base de toda
revelación privada, tiene que estar la Escritura, y partir de ésta para una
mejor comprensión.
-
El sensacionalismo y
comercialismo ruidoso debe evitarse; contrasta con la persona de María en el
Evangelio.
-
Con profundo amor a
la Iglesia hay que buscar atemperarse a los señalamientos del Magisterio;
custodio y servidor de la revelación.
-
Crea sospecha poner a María como fuente de estructuras y
organizaciones humanas, especialmente si se margina a la Jerarquía.
Con esta doctrina de fondo hemos realizado sosegadamente la reflexión y
evaluación necesaria; y como un obligado servicio a la fe y devoción de nuestras
Iglesias, los Obispos de Puerto Rico nos vemos en la necesidad de señalar los
términos de las manifestaciones públicas de la Devoción a la Virgen del Rosario
del Pozo:
-
Cada creyente
católico puede cultivar en su ámbito personal esta Devoción, especialmente el
rezo del Santo Rosario en la forma que lo practica la Iglesia.
-
Reiteramos el juicio
negativo de la Iglesia acerca de una intervención sobrenatural en las alegadas
apariciones de la Virgen María el año 1953 en el barrio de Rincón, Sabana
Grande.
-
Las pretendidas
“revelaciones” carecen de auténtica consistencia y equilibrio doctrinal; y están
lejos del sabor del Evangelio. La “misión” de propagar a nivel local o mundial
estas “revelaciones” no se funda en la misión básica que la Iglesia recibió de
Cristo y la desarrolla en todos los niveles de la vida humana.
-
Reiteramos el decreto
de disolución de la “Asociación Pro-Devoción de la Virgen del Rosario (del
Pozo)”, en los mismos términos que lo hizo la C.E.P. el 8 de junio de 1987.
-
Aunque algunas celebraciones de la “Virgen del Rosario (del Pozo)” hayan sido
para algunos una feliz ocasión de verdaderas experiencias espirituales,
desaprobamos, como desorientadoras de la devoción a María,
las reuniones
organizadas al margen de los sacerdotes de cada Parroquia o las manifestaciones
masivas organizadas sin consentimiento del Ordinario del lugar bajo la
advocación y “revelaciones” de la “Virgen del Rosario (del Pozo)”.
-
La imagen de la
Virgen María promocionada y usada por los “devotos” no debe usarse en culto
público, porque es expresión de “revelaciones” y consignas no admitidas por la
Iglesia. Podría aceptarse, sin embargo, si se modifica su corona quitándole las
estrellas o poniéndoselas en número de doce, en fidelidad a la figura descrita
en el Apocalipsis.
-
Pedimos a todos los
Sacerdotes Diocesanos y Religiosos de nuestras Diócesis y a los que estén de
paso por la Isla, que en obediencia se abstengan de envolverse en
actividades, manifestaciones públicas y celebraciones de culto con grupos
y motivaciones referentes a esta devoción, “misión” y mensajes.
El Arzobispo Metropolitano de San Juan y los Obispos residenciales de Arecibo,
Caguas, Mayagüez y Ponce, prohibimos, cada cual a los sacerdotes del clero
diocesano y del clero religioso de nuestras respectivas jurisdicciones
eclesiásticas, la celebración de la Santa Misa en el lugar llamado “El Pozo” de
Sabana Grande, bajo la sanción canónica de suspensión ~
divinis
(c.1333.J.1 “omnes actus”). Esta sanción se incurriría automáticamente por el
hecho mismo de la celebración.
El Obispo de Mayagüez extiende esta sanción a los sacerdotes provenientes de
otras jurisdicciones eclesiásticas.
-
El Obispo de Mayagüez
retiene su jurisdicción exclusiva para autorizar la celebración de la Eucaristía
en Rincón, Sabana Grande. La debida orientación eclesial de la devoción a la
Madre de Dios adelantaría la hora en que considere oportuna esa autorización.
Estas normas e invitaciones pastorales son fruto del afecto que profesamos a
cada uno de nuestros fieles y de la responsabilidad que nos incumbe hacia la fe
y la disciplina de la Iglesia. Tenemos confianza de que sean implementadas con
auténtica caridad pastoral por ustedes, por los religiosos/as y los laicos.
Lograr una concordia en los puntos señalados sería una bendición que colmaría
las muchas gracias que hemos recibido a lo largo del Año de María.
+Mons. Iñaki Mallona Texertudi, C.P.
Obispo de Arecibo
Presidente de la C.E.P.
+Mons. Ulises Casiano Vargas
Obispo de Mayagüez
Vice Presidente de la C.E.P.
17 de Marzo de 1997
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